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REPARACIÓN DEL DAÑO, ILEGAL CONDENA A LA, CUANDO SE APOYA EN DOCUMENTOS PRIVADOS PROVENIENTES DE TERCEROS NO RATIFICADOS.

Clave: 1034 · Registro digital (IUS): 1006412 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Segunda Parte - TCC Segunda Sección - Adjetivo; Pág. 1020

Es ilegal la condena a la reparación del daño que se apoye en documentos privados provenientes de terceros (recibos-folios por conceptos de honorarios médicos y la factura relativa a la tomografía computada de cráneo practicada al ofendido), si éstos no fueron ratificados por sus autores, ya que en términos del artículo 251 del Código de Procedimientos Penales para el Distrito Federal, adolecen de eficacia probatoria plena y deben estimarse como presunciones, insuficientes para establecer esa condena.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006412-c0bc5108/reparacion-del-dano-ilegal-condena-a-la-cuando · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 488/88.—Bertoldo Jurado Torres.—26 de agosto de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: J. Jesús Duarte Cano.—Secretario: Miguel Castañeda Acevedo. Amparo directo 1140/90.—Mario Rivera Coyotzin.—12 de septiembre de 1990.—Unanimidad de votos.—Ponente: J. Jesús Duarte Cano.—Secretario: Ariel Oliva Pérez. Amparo directo 1932/92.—Arturo Gutiérrez Arroyo.—12 de noviembre de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Gonzalo Ballesteros Tena.—Secretario: José Luis González Cahuantzin. Amparo directo 110/93.—Guadalupe Ángela Perea Ordaz.—12 de marzo de 1993.—Unanimidad de votos.—Ponente: Amado Guerrero Alvarado.—Secretario: Reynaldo Manuel Reyes Rosas. Amparo directo 2568/92.—Abel Sandoval García.—12 de marzo de 1993.—Unanimidad de votos.—Ponente: Amado Guerrero Alvarado.—Secretario: Reynaldo Manuel Reyes Rosas. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 64, abril de 1993, página 23, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.2o.P. J/49; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XI, abril de 1993, página 164. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 554, tesis 671.

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