TESTIGOS [TESIS HISTÓRICA].
El dicho de un solo testigo no constituye prueba.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006679-05268c6b/testigos-tesis-historica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Recurso de súplica 6/2o./20.—Agente del Ministerio Público del Sexto Circuito.—29 de enero de 1923.—Mayoría de siete votos.
Recurso de súplica 103/22.—Moreno Manuel F.—10 de septiembre de 1923.—Unanimidad de nueve votos.
Amparo en revisión 3779/21.—Cortés Severiano.—9 de julio de 1924.—Unanimidad de once votos.
Recurso de súplica 4/24.—Cía. Limitada del F.C. Mexicano.—20 de octubre de 1924.—Unanimidad de once votos.
Amparo directo 836/21.—Azueta Manuel.—15 de enero de 1925.—Mayoría de ocho votos.
Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tesis Históricas, página 784, Pleno, tesis 203 (H).
Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.
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