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CAREOS. DEBEN CELEBRARSE DE OFICIO [TESIS HISTÓRICA].

Clave: 261 (H) · Registro digital (IUS): 1006736 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo III. Penal Tercera Parte - Históricas Segunda Sección - TCC; Pág. 1323

Si el acusado no es careado con los testigos que hayan depuesto en su contra, se conculca en su perjuicio la garantía consagrada en la fracción IV del artículo 20 de la Constitución Federal, cometiéndose la violación de procedimiento a que alude el artículo 160, fracción III, de la Ley de Amparo, sin que sea válido el argumento en el sentido de afirmar que el acusado debe solicitar la práctica de esas diligencias, puesto que es obligación del juzgador decretar de oficio el desahogo de las mismas, por imponérselo así el preinvocado dispositivo constitucional.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1006736-58b5ac74/careos-deben-celebrarse-de-oficio-tesis-historica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 147/92.—Laura Elena Neyoy de Valenzuela.—29 de abril de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: Adán Gilberto Villarreal Castro.—Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo directo 344/92.—Jesús María de la Vara Moreno.—30 de septiembre de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Guerrero Espriú.—Secretario: Ernesto Encinas Villegas. Amparo directo 439/92.—Epifanio Adalberto Valles Ruiz.—18 de noviembre de 1992.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Guerrero Espriú.—Secretario: Arturo Ortegón Garza. Amparo directo 4/93.—Horacio González Estrada.—27 de enero de 1993.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Guerrero Espriú.—Secretario: Ernesto Encinas Villegas. Amparo directo 185/93.—José Arvizu Bazaldua.—28 de abril de 1993.—Unanimidad de votos.—Ponente: David Guerrero Espriú.—Secretario: Arturo Ortegón Garza. Gaceta del Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Número 66, junio de 1993, página 45, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis V.2o. J/66; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XI, junio de 1993, página 121. Apéndice 1917-2000, Tomo II, Materia Penal, Jurisprudencia, Tesis Históricas, página 657, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis 33 (H). Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.

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