Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

REVISIÓN CONTENCIOSA ADMINISTRATIVA. SU PROCEDENCIA, EN TÉRMINOS DEL INCISO A) DEL ARTÍCULO 88 DE LA LEY DEL TRIBUNAL DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DEL DISTRITO FEDERAL, REQUIERE LA SATISFACCIÓN DE UN REQUISITO MATERIAL Y OTRO FORMAL [TESIS HISTÓRICA].

Clave: 483 (H) · Registro digital (IUS): 1008463 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo IV. Administrativa Tercera Parte - Históricas Segunda Sección - TCC; Pág. 1921

La actualización del supuesto de procedencia del recurso de revisión contenciosa administrativa previsto por el inciso A) del artículo 88 de la Ley del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal requiere la satisfacción de dos exigencias: la primera, de carácter material, atender a la naturaleza del fallo recurrido, que se actualiza siempre y cuando se afecte el interés fiscal o el patrimonio del Distrito Federal y, la segunda, constituye una cuestión de mera formalidad, en tanto que el legislador previó la necesidad de que la autoridad recurrente, al interponer el medio de defensa, manifieste expresamente que el asunto resulta, a su juicio, importante. De ahí que la ausencia de cualquiera de esos requisitos, o de ambos, provoque la improcedencia del recurso.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1008463-1debfd21/revision-contenciosa-administrativa-su-procedencia-en-terminos-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Revisión contenciosa administrativa 261/2001.—Subprocurador de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal.—18 de junio de 2001.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Ronzon Sevilla.—Secretario: Arturo Hernández Albores. Revisión contenciosa administrativa 73/2003.—Director Operativo de la Dirección General de Transporte Público Individual de Pasajeros, antes Instituto del Taxi del Distrito Federal.—13 de noviembre de 2003.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Ronzon Sevilla.—Secretario: Rodrigo Mauricio Zerón de Quevedo. Revisión contenciosa administrativa 80/2003.—Subprocurador de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal.—28 de enero de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca.—Secretario: Aurelio Damián Magaña. Revisión contenciosa administrativa 89/2003.—Subprocurador de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal.—28 de enero de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Carlos Ronzon Sevilla.—Secretario: Rodrigo Mauricio Zerón de Quevedo. Revisión contenciosa administrativa 94/2003.—Subprocurador de lo Contencioso de la Procuraduría Fiscal del Distrito Federal.—28 de enero de 2004.—Unanimidad de votos.—Ponente: Julio Humberto Hernández Fonseca.—Secretario: Aurelio Damián Magaña. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, julio de 2004, página 1567, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.1o.A. J/14; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XX, julio de 2004, página 1569. Nota: Histórica conforme a la nota genérica 2.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis