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ACCIDENTES DE TRABAJO DETERMINADOS POR ACTOS DELICTUOSOS.

Clave: 4 · Registro digital (IUS): 1008799 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Primera Parte - SCJN Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 1 - Sustantivo; Pág. 9

Cuando un hecho delictuoso, que se realiza en las mismas condiciones que si proviniera de cualquier fuerza física, produce lesiones y aun la muerte del trabajador, tal hecho debe estimarse como accidente de trabajo, si se reúnen los requisitos para su existencia, independientemente de que tenga, a la vez, el carácter de delito, siendo procedente establecer, en consecuencia, la obligación para el patrono de indemnizar a la víctima o a sus deudos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1008799-7471b63b/accidentes-de-trabajo-determinados-por-actos-delictuosos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Época: Tomo XXXIV, página 2619.—Amparo en revisión 452/30.—Cinco Minas Co.—22 de abril de 1932.—Unanimidad de cinco votos.—Relator: Luis M. Calderón. Tomo XLIII, página 2434.—Amparo en revisión 564/33.—Ferrocarriles Nacionales de México, S.A.—12 de marzo de 1935.—Unanimidad de cinco votos.—Relator: Salomón González Blanco. Tomo XLV, página 6022.—Amparo en revisión 13901/32.—Ferrocarriles Nacionales de México, S.A.—27 de septiembre de 1935.—Unanimidad de cinco votos.—Relator: Vicente Santos Guajardo. Tomo XLVI, página 1255.—Amparo en revisión 2497/35.—Ferrocarriles Nacionales de México, S.A.—16 de octubre de 1935.—Unanimidad de cuatro votos.—Relator: Salomón González Blanco. Tomo XLIX, página 1100.—Amparo directo 1800/36.—Compañía Azucarera Almada, S.C. en Liquidación Judicial.—18 de agosto de 1936.—Unanimidad de cuatro votos.—Relator: Xavier Icaza. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 151-156 Quinta Parte, página 85, Cuarta Sala. Apéndice 1917-2000, Tomo V, Materia del Trabajo, Jurisprudencia, Suprema Corte de Justicia de la Nación, página 8, Cuarta Sala, tesis 7.

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