DEMANDA LABORAL. OPORTUNIDAD PROCESAL PARA QUE EL TRABAJADOR ACTOR PUEDA MODIFICARLA EN LA AUDIENCIA DE LEY (INTERPRETACIÓN DEL ARTÍCULO 878, FRACCIÓN II, DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO).
La Suprema Corte de Justicia de la Nación ha establecido que si el trabajador actor modifica sustancialmente su demanda escrita en la audiencia de conciliación, demanda y excepciones, ofrecimiento y admisión de pruebas, procede suspenderla a efecto de que el patrón demandado pueda preparar adecuadamente su defensa, para lo cual se señalará nuevo día y hora para que tenga verificativo su continuación. Sin embargo, en esta nueva diligencia o en las subsecuentes, por regla general, el actor ya no puede plantear otros cambios a la demanda modificada en la primer diligencia de la referida audiencia, pues de acuerdo con la interpretación histórica y teleológica del artículo 878, fracción II, de la Ley Federal del Trabajo, tratándose de los juicios ordinarios laborales, en especial en la audiencia de ley, deben ponderarse los principios procesales de celeridad, inmediatez y concentración, además de que para dar intervención al demandado y, en su caso, diferir la audiencia de mérito, es menester que la Junta tenga "por expuesta la demanda por el actor", en términos de la fracción III del citado precepto, de lo que se infiere que ya fue ratificada o modificada, de modo que la segunda diligencia para continuar con la audiencia tiene, entre otros objetivos, que el demandado conteste la demanda modificada sustancialmente; de lo contrario, quedaría a elección del actor decidir cuánto se prolonga el juicio dependiendo de las modificaciones que pretenda hacer cada vez que la Junta reinicie la audiencia suspendida, generándose incertidumbre procesal al no existir un momento preciso para ejercer la prerrogativa de que se trata, de ahí que las citadas variaciones a la demanda tengan que realizarse, ordinariamente, en la diligencia inicial de la audiencia de ley.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1009339-9fc8ad09/demanda-laboral-oportunidad-procesal-para-que-el-trabajador · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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