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CERTIFICACIONES DE DOCUMENTOS O CONSTANCIAS DE LOS SECRETARIOS DE ACUERDOS DE LAS JUNTAS FEDERALES DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE, REQUISITOS.

Clave: 1388 · Registro digital (IUS): 1010183 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1423

Conforme a la interpretación de lo previsto en los artículos 723 de la Ley Federal del Trabajo y 62, fracción III del Reglamento Interior de la Junta Federal de Conciliación y Arbitraje, las certificaciones hechas por los Secretarios de Acuerdos deben contener: los datos identificativos del expediente donde obran los originales de los documentos o constancias cuyas copias se certifican, la referencia del proveído en el cual la Junta o el Presidente ordenó la expedición de las mismas, el sello correspondiente y el nombre y firma del Secretario respectivo; por lo que si no se satisfacen esos presupuestos, la documental que contenga una certificación hecha por los referidos funcionarios con tales irregularidades, carece de validez.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010183-8609bbd8/certificaciones-de-documentos-o-constancias-de-los-secretarios · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 51/95.—Mexicana de Cananea, S.A. de C.V.—23 de febrero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Alicia Rodríguez Cruz.—Secretaria: María de los Ángeles Peregrino Uriarte. Amparo directo 68/95.—Mexicana de Cananea, S.A. de C.V.—23 de febrero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretaria: Silvia Marinella Covián Ramírez. Amparo directo 78/95.—Mexicana de Cananea, S.A. de C.V.—23 de febrero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Genaro Rivera.—Secretario: Ramón Parra López. Amparo directo 88/95.—Mexicana de Cananea, S.A. de C.V.—23 de febrero de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Alicia Rodríguez Cruz.—Secretario: Eduardo Anastacio Chávez García. Amparo directo 74/95.—Ferrocarriles Nacionales de México.—9 de marzo de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Ricardo Rivas Pérez.—Secretario: Ernesto Encinas Villegas. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, abril de 1995, página 63, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis V.2o. J/3; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo I, abril de 1995, página 64.

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