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REINSTALACIÓN, REQUISITO PARA LA PROCEDENCIA DE LA ACCIÓN DE.

Clave: 1727 · Registro digital (IUS): 1010522 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo VI. Laboral Segunda Parte - TCC Primera Sección - Relaciones laborales ordinarias Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1772

Es requisito indispensable para que pueda efectuarse una reinstalación, que antes se haya desempeñado mediante el nombramiento respectivo, el cargo o empleo en el que se pretende se realice tal reinstalación; en consecuencia, la acción de reinstalación es improcedente si al demandante nunca se le asignó el puesto que reclama.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010522-584175bd/reinstalacion-requisito-para-la-procedencia-de-la-accion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 874/87.—Javier Flores Pinedo.—25 de mayo de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.—Secretario: Hugo Gómez Ávila. Amparo directo 777/87.—Ferrocarril del Pacífico, S.A. de C.V.—17 de agosto de 1988.—Unanimidad de votos.—Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.—Secretaria: Esperanza Guadalupe Farías Flores. Amparo directo 293/91.—René Hernández Cruz y María de Jesús Peñaloza Camacho.—13 de noviembre de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez.—Secretario: José de Jesús Murrieta López. Amparo directo 509/93.—Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Colima.—2 de marzo de 1994.—Unanimidad de votos.—Ponente: Alfonsina Berta Navarro Hidalgo.—Secretario: Eugenio Isidro Gerardo Partida Sánchez. Amparo directo 104/2000.—Gabriel Netzahualcóyotl Delgado Magallanes.—23 de mayo de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: José de Jesús Rodríguez Martínez.—Secretario: Rubén Tomás Alcaraz Valdez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, julio de 2000, página 705, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis III.1o.T. J/44; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, julio de 2000, página 706.

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