TESTIGOS, VALOR PROBATORIO DE SUS DECLARACIONES CUANDO NO SON REPREGUNTADOS, CONTRADICHOS O TACHADOS.
No basta que los testigos presentados por una de las partes del juicio no sean repreguntados, contradichos o tachados, para que sus declaraciones tengan valor probatorio pleno, pues si de los propios atestados de esos testigos se desprenden datos de parcialidad o inverosimilitud, es obvio que resultan ineficaces las declaraciones a las pretensiones del oferente.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1010583-b2bd4925/testigos-valor-probatorio-de-sus-declaraciones-cuando-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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