TESTIGOS, TACHAS A LOS. SU OMISION NO IMPLICA PLENITUD PROBATORIA.
No basta que los testigos presentados por una de las partes del juicio no sean tachados, para que sus declaraciones tengan valor probatorio pleno, pues si de sus propios atestados o de las respuestas que den a las repreguntas que se les formulen en relación con lo que afirmaron al contestar las preguntas directas que se les hicieron, se desprenden datos de parcialidad o de inverosimilitud o hace sospechosos a los testigos o que fueron preparados, etcétera; es obvio que ello hace ineficaces las declaraciones a las pretensiones del oferente.
TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/250174-5ad0cd41/testigos-tachas-a-los-su-omision-no-implica · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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