COMPETENCIA POR TURNO. CUANDO SE ACTUALIZAN LOS SUPUESTOS DEL ARTÍCULO 9 DEL ACUERDO GENERAL 48/2008 DEL PLENO DEL CONSEJO DE LA JUDICATURA FEDERAL, RESPECTO DE DOS ÓRGANOS JURISDICCIONALES QUE RESOLVIERON PREVIAMENTE, DEBE DETERMINARSE EN FAVOR DEL QUE RESOLVIÓ EN ÚLTIMO LUGAR.
A partir del 9 de septiembre de 2008 entró en vigor el Acuerdo General 48/2008 del Pleno del Consejo de la Judicatura Federal, por el que se modifica el artículo 9 del diverso Acuerdo General 13/2007, que regula el funcionamiento, supervisión y control de las Oficinas de Correspondencia Común de los Tribunales de Circuito y Juzgados de Distrito del Poder Judicial de la Federación, y se instaura nuevamente el turno de asuntos mediante el sistema de relación, con la obligación de que previamente a su asignación aleatoria los jefes de las Oficinas de Correspondencia Común verifiquen si el asunto debe remitirse a un órgano jurisdiccional determinado, por encontrarse en alguno de los siguientes supuestos: a) que provenga de un expediente administrativo, jurisdiccional o averiguación previa, identificado con el mismo número de índice y autoridad que otro ya asignado; b) que se trate de cualquier recurso relacionado con un juicio de amparo que ya haya sido del conocimiento de algún Tribunal Colegiado de Circuito, en cualquier vía; y, c) que las demandas de amparo, recursos o medios de impugnación se refieran a una misma averiguación previa o acto de autoridad, aunque las hayan promovido diversas partes, excepto los casos en que solamente se impugnen disposiciones generales. Por tanto, cuando se actualizan estos supuestos en relación con dos órganos jurisdiccionales que resolvieron previamente, la competencia debe determinarse en favor del que resolvió en último lugar, para aprovechar el conocimiento previo más reciente del asunto.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1011081-2ff43822/competencia-por-turno-cuando-se-actualizan-los-supuestos · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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