SEGURO SOCIAL. EL ARTÍCULO 237-B DE LA LEY RELATIVA, AL ESTABLECER OBLIGACIONES ADICIONALES PARA LOS PATRONES DEL CAMPO, NO TRANSGREDE EL PRINCIPIO DE EQUIDAD TRIBUTARIA.
El citado precepto, adicionado mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de abril de 2005, al establecer obligaciones adicionales para los patrones del campo (proporcionar al Instituto Mexicano del Seguro Social el periodo y tipo de cultivo, superficie o unidad de producción, estimación de jornadas a utilizar en cada periodo, y en caso de actividades ganaderas, informar el tipo de ganado y número de cabezas que poseen, entre otras), no hace distinción alguna entre los patrones con trabajadores eventuales y los que sólo tienen permanentes, sino que se refiere a los patrones del campo en general, es decir, a los que cuentan con trabajadores permanentes o eventuales, por lo que al otorgar idéntico tratamiento a los patrones que se encuentran en una misma situación jurídica frente a la ley aplicable al caso, no vulnera el principio de equidad tributaria previsto en la fracción IV del artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por otra parte, el diverso tratamiento en materia de obligaciones entre los trabajadores del campo y los patrones en general está justificado por razones objetivas que se advierten del respectivo proceso legislativo, de las que destaca el aseguramiento de que el referido Instituto cumpla sus funciones de vigilancia a fin de otorgar, en términos generales, certeza jurídica a los patrones en el cumplimiento de sus obligaciones y respecto de los trabajadores en el otorgamiento de las prestaciones que la ley relativa les otorga, siendo por ello que en este aspecto tampoco se transgrede la garantía de equidad tributaria, ni por extensión la de legalidad, debido a que el legislador razonó y justificó, objetivamente, las circunstancias de su origen, conforme al proceso legislativo que motivó la adición al precepto legal en cita.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012080-81f1e1aa/seguro-social-el-articulo-237-b-de-la-ley · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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