OMISIÓN DE PRECEPTOS LEGALES EN QUE SE APOYA LA RESOLUCIÓN RECLAMADA. SI CONTIENE LOS RAZONAMIENTOS TÉCNICO-JURÍDICOS Y LÓGICOS Y SON LEGALES Y CORRECTOS, CARECE DE TRASCENDENCIA LA.
Resulta intrascendente la omisión de la responsable de citar los preceptos legales en que apoya la resolución reclamada, si ésta contiene los razonamientos técnico-jurídicos y lógicos en que el juzgador se fundó para llegar a esa conclusión, supuesto que esa omisión no puede perjudicar el fondo de la sentencia, si además esos razonamientos son legales y correctos.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012283-0ae8c734/omision-de-preceptos-legales-en-que-se-apoya · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo directo 947/94.—Ricardo Nangusé Ruiz.—23 de marzo de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Francisco A. Velasco Santiago.—Secretario: Stalin Rodríguez López.
Amparo directo 421/95.—Ofelia Burguete Urbina.—4 de agosto de 1995.—Unanimidad de votos.—Ponente: Francisco A. Velasco Santiago.—Secretario: Rafael León González.
Amparo directo 710/95.—Instituto Mexicano del Seguro Social.—25 de enero de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: Francisco A. Velasco Santiago.—Secretario: Rafael León González.
Queja 57/95.—Edilberto Gálvez.—29 de febrero de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: Roberto Avendaño.—Secretario: Manuel de Jesús Cruz Espinosa.
Amparo en revisión 635/96.—Director de Regularización de la Propiedad Rural (Rosa Blanca Quevedo Gutiérrez viuda de Plaza).—17 de enero de 1997.—Unanimidad de votos.—Ponente: Francisco A. Velasco Santiago.—Secretario: Walberto Gordillo Solís.
Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, agosto de 1997, página 583, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis XX.1o. J/43; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, agosto de 1997, página 584.
Jurisprudencia relacionada
- OMISIÓN DE PRECEPTOS LEGALES EN QUE SE APOYA LA RESOLUCIÓN RECLAMADA. SI CONTIENE LOS RAZONAMIENTOS TÉCNICO-JURÍDICOS Y LÓGICOS Y SON LEGALES Y CORRECTOS, CARECE DE TRASCENDENCIA L (XX.1o. J/43)
- SENTENCIAS. LA FALTA DE CITA DE PRECEPTOS LEGALES EN ELLAS, IMPLICA VIOLACION FORMAL IRRELEVANTE, SI LAS CONSIDERACIONES SON JURIDICAS. (VI. 1o. J/39)
- RESOLUCION LABORAL. LA FALTA DE CITA DE PRECEPTOS LEGALES ES INTRASCENDENTE SI SU SENTIDO ES CORRECTO. (s/clave)
- GARANTÍA DE LEGALIDAD. NO SE VIOLA POR LA FALTA DE CITA DE PRECEPTO LEGAL. (V.1o.22 K)
- AGRAVIOS EN LA REVISION. LA FALTA DE CITA EN LOS, DEL PRECEPTO LEGAL VIOLADO NO ES SUFICIENTE PARA DESESTIMARLOS. (II.2o.C.T.4 K )
- SENTENCIAS, FUNDAMENTO LEGAL DE LAS. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis