Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

PRECIOS. SUSPENSIÓN. ES IMPROCEDENTE TRATÁNDOSE DE IMPOSICIÓN DE MULTAS POR VIOLACIONES A DISPOSICIONES EN LA MATERIA.

Clave: 2256 · Registro digital (IUS): 1012579 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 7a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo II. Procesal Constitucional 1. Común Segunda Parte - TCC Novena Sección - Suspensión del acto reclamado Subsección 4 - Administrativa; Pág. 2633

Tratándose de la imposición de multas por violaciones a disposiciones en materia de precios, es improcedente la medida suspensiva, en los términos del artículo 124, fracción II, de la Ley Reglamentaria de los Artículos 103 y 107 Constitucionales, ya que de concederse dicha medida suspensiva se seguiría perjuicio al interés social, pues se paralizaría el ejercicio de la facultad sancionadora por parte de la autoridad responsable, y la agraviada seguiría enajenando la mercancía con el precio por ella misma determinado y sin contar con la autorización correspondiente de la autoridad legalmente competente de la Secretaría de Comercio, y es claro que la sociedad está interesada en el cumplimiento de las disposiciones inherentes a los precios, razones por las cuales la medida suspensiva solicitada debe negarse.

TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1012579-a22b9134/precios-suspension-es-improcedente-tratandose-de-imposicion-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época, Sexta Parte: Volúmenes 109-114, página 157. Amparo en revisión 1123/77.—Dow Química, S.A. de C.V.—5 de enero de 1978.—Unanimidad de votos.—Ponente: Sergio Hugo Chapital Gutiérrez.—Secretario: Alejandro Garza Ruiz. Volúmenes 121-126, página 160. Amparo en revisión 96/79.—Productos Agropecuarios Tláloc, S.A.—8 de marzo de 1979.—Unanimidad de votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 127-132, página 120. Amparo en revisión 760/79.—Laboratorios Sophia, S.A.—26 de julio de 1979.—Unanimidad de votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 127-132, página 120. Amparo en revisión 916/79.—Syntex, S.A.—6 de septiembre de 1979.—Unanimidad de votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Volúmenes 127-132, página 120. Amparo en revisión 966/79.—María Concepción Ruiz Horta.—6 de septiembre de 1979.—Unanimidad de votos.—La publicación no menciona el nombre del ponente. Semanario Judicial de la Federación, Séptima Época, Volúmenes 127-132, Sexta Parte, página 197, Tribunales Colegiados de Circuito. Apéndice 1917-2000, Tomo III, Materia Administrativa, Jurisprudencia, Tribunales Colegiados de Circuito, página 629, tesis 530.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis