Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

EMPLAZAMIENTO, FIRMAS EN EL ACTA DE (LEGISLACIÓN DEL ESTADO DE PUEBLA).

Clave: 1075 · Registro digital (IUS): 1013675 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 2011
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Apéndice 2011; Tomo V. Civil Segunda Parte - TCC Primera Sección - Civil Subsección 2 - Adjetivo; Pág. 1200

No es ilegal el acta de emplazamiento que no contiene la firma de la persona con quien se entendió la diligencia, si al final de la misma se asentó que no firmaba por negarse a hacerlo, ya que tal situación está prevista por el artículo 55 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Puebla, que establece que deberán firmar las razones de sus notificaciones, las personas que las hacen y aquellas que las reciben, pero si no quisieran, no supieran o no pudieran firmar, deber asentarse esa circunstancia.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/1013675-40577f93/emplazamiento-firmas-en-el-acta-de-legislacion-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo 45/91.—Juan Carlos Rodríguez Hernández.—20 de marzo de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Galván Rojas.—Secretaria: María Roldán Sánchez. Amparo en revisión 402/91.—Amparo Chichía Lozada.—11 de septiembre de 1991.—Unanimidad de votos.—Ponente: José Galván Rojas.—Secretario: Armando Cortés Galván. Amparo directo 350/96.—Arturo Macías Betanzos y otra.—3 de julio de 1996.—Unanimidad de votos.—Ponente: Gustavo Calvillo Rangel.—Secretario: Justino Gallegos Escobar. Amparo en revisión 394/99.—María Teresa Figueroa Corona.—19 de agosto de 1999.—Unanimidad de votos.—Ponente: Antonio Meza Alarcón.—Secretario: Nelson Loranca Ventura. Amparo en revisión 193/2000.—Austreberta Flores Conde.—15 de junio de 2000.—Unanimidad de votos.—Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez.—Secretario: Gonzalo Carrera Molina. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, julio de 2000, página 666, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis VI.2o.C. J/187; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XII, julio de 2000, página 667.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis