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MEDIDA CAUTELAR, PARA RESOLVER SI PROCEDE O NO, DEBE ATENDERSE A LA INTERPRETACIÓN LITERAL DEL ARTÍCULO 135 DE LA LEY DE AMPARO, TRATÁNDOSE DE EMBARGO PRECAUTORIO DE CUENTAS BANCARIAS.

Clave: XI.1o.A.T. J/46 (9a.) · Registro digital (IUS): 160221 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 10a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 10a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Libro VI, Marzo de 2012; Tomo 2; Pág. 896

Cuando el embargo precautorio de las cuentas bancarias responde a garantizar el pago de un crédito fiscal determinado previamente -contra el cobro de contribuciones- con la concesión de la medida cautelar no se contravienen disposiciones de orden público ni se causa afectación al interés social, porque el legislador, en el artículo 135 de la Ley de Amparo, consideró que con ello no se causaban esas contravención y afectación; precepto cuya interpretación literal es suficiente para resolver que improcede decretar tal providencia cuando no exista un crédito determinado, pues no estimarlo así, sería romper con el principio de legalidad sobre el que descansa el sistema jurídico mexicano y desconocer la garantía individual de exacta aplicación de la ley al caso concreto, incurriéndose en un Estado totalitario, que es contrario al Estado constitucional y social de derecho que se tutela en la Ley Fundamental del País.

PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIAS ADMINISTRATIVA Y DE TRABAJO DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/160221-8ef63ecb/medida-cautelar-para-resolver-si-procede-o-no · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 19/2009. Administradora Local de Recaudación de Morelia. 3 de abril de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Reynaldo Piñón Rangel. Incidente de suspensión (revisión) 127/2009. Administrador Local de Recaudación de Morelia. 24 de septiembre de 2009. Unanimidad de votos. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Reynaldo Piñón Rangel. Incidente de suspensión (revisión) 86/2010. Administrador Local de Recaudación de Morelia. 3 de junio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Víctorino Rojas Rivera. Secretario: Juan Ramón Barreto López. Incidente de suspensión (revisión) 26/2010. Administrador Local de Recaudación de Morelia. 8 de julio de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Juan García Orozco. Secretaria: Delia Espinosa Hernández. Incidente de suspensión (revisión) 200/2010. Administrador Local de Recaudación de Morelia. 21 de octubre de 2010. Unanimidad de votos. Ponente: Hugo Sahuer Hernández. Secretario: Juan Carlos Sierra Zenteno.

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