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INEJECUCIÓN DE SENTENCIA. EL ACUERDO QUE DECRETA EL INCUMPLIMIENTO DE LA EJECUTORIA DEBE EMITIRLO EL TRIBUNAL COLEGIADO DE CIRCUITO, NO ÚNICAMENTE SU PRESIDENTE.

Clave: 2a./J. 99/2011 · Registro digital (IUS): 161838 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XXXIII, Junio de 2011; Pág. 248

El acuerdo que decreta el incumplimiento y ordena el envío del asunto a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como premisa para iniciar el incidente de inejecución de sentencia previsto en el artículo 105, párrafo segundo, de la Ley de Amparo, no es una determinación de trámite que pueda dictar únicamente el Presidente del Tribunal Colegiado de Circuito, en términos del numeral 41, fracción III, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, sino que es una cuestión sustancial que implica un juicio interpretativo y de ponderación de la ejecutoria de amparo, de los informes y de las constancias de cumplimiento, así como de las manifestaciones de las partes y demás elementos para determinar si existe incumplimiento, función que es propia del órgano colegiado.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/161838-383650bd/inejecucion-de-sentencia-el-acuerdo-que-decreta-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Incidente de inejecución 1064/2010. Vicente Vital Tapia. 1 de diciembre de 2010. Cinco votos. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Roberto Rodríguez Maldonado. Incidente de inejecución 1321/2010. Pemex Gas y Petroquímica Básica. 2 de febrero de 2011. Cinco votos. Ponente: Sergio Salvador Aguirre Anguiano. Secretaria: María Estela Ferrer Mac Gregor Poisot. Incidente de inejecución 1/2011. Instituto Mexicano del Seguro Social. 2 de marzo de 2011. Cinco votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretario: Aurelio Damián Magaña. Incidente de inejecución 100/2011. Víctor Hugo Zavala Olivares. 2 de marzo de 2011. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Fausto Gorbea Ortiz. Incidente de inejecución 109/2011. Rafael Segura Arévalo. 2 de marzo de 2011. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Fausto Gorbea Ortiz. Tesis de jurisprudencia 99/2011. Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del veinticinco de mayo de dos mil once.

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