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AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO. SÓLO ES POSIBLE TRATÁNDOSE DE AUTORIDADES RESPONSABLES, ACTOS RECLAMADOS O CONCEPTOS DE VIOLACIÓN DISTINTOS A LOS ORIGINALMENTE PLANTEADOS, PERO QUE GUARDEN VINCULACIÓN CON ELLOS.

Clave: VI.2o.C. J/240 · Registro digital (IUS): 182486 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; S.J.F. y su Gaceta; Tomo XIX, Enero de 2004; Pág. 1339

La ampliación de la demanda de amparo es una figura jurídica creada por la jurisprudencia, que confiere al peticionario de garantías un derecho para incorporar a la litis constitucional ya iniciada, autoridades responsables, actos reclamados o conceptos de violación distintos a los originalmente planteados; sin embargo, el ejercicio de esta prerrogativa debe sujetarse a determinados requisitos de procedencia tales como el que no se haya cerrado o integrado la litis, que los nuevos actos tengan relación con los originalmente planteados, o bien, que al rendirse el o los informes justificados, de ellos se desprenda que fueron otras las autoridades que los llevaron a cabo, pero debe existir siempre una relación o vinculación con los actos primigenios, ya que de no existir ese elemento sine qua non, todos aquellos actos que pudieran causar perjuicio a la amparista podrán tener remedio, sí a través del juicio de garantías, pero a consecuencia de tantas demandas de amparo, como juicios o procedimientos de los que deriven los actos que le irroguen perjuicio existan, ya que en este supuesto no pueden incorporarse a una litis constitucional elementos que le son ajenos.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL SEXTO CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/182486-1343fbab/ampliacion-de-la-demanda-de-amparo-solo-es · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Queja 45/2003. Claudia Lucía Carrillo Montiel. 6 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Queja 46/2003. Claudia Lucía Carrillo Montiel. 6 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretario: Enrique Baigts Muñoz. Queja 47/2003. Elsa Lilia Montiel Hernández. 6 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Ma. Elisa Tejada Hernández. Secretario: Enrique Baigts Muñoz. Queja 40/2003. Sandra de Yta Mendoza. 13 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Raúl Armando Pallares Valdez. Secretario: Eduardo Iván Ortiz Gorbea. Queja 51/2003. Mauro Pablo Alatriste Hidalgo. 24 de noviembre de 2003. Unanimidad de votos. Ponente: Gustavo Calvillo Rangel. Secretario: José Zapata Huesca. Véase: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo XVIII, julio de 2003, página 12, tesis P./J. 15/2003, de rubro: "AMPLIACIÓN DE LA DEMANDA DE AMPARO INDIRECTO. SUPUESTOS EN LOS QUE PROCEDE.", Tomo XI, febrero de 2000, página 1033, tesis III.1o.A.40 K, de rubro: "AMPLIACIÓN DE DEMANDA DE AMPARO. PROCEDE RESPECTO DE TODOS LOS ELEMENTOS QUE LA INTEGRAN Y NO SÓLO EN RELACIÓN CON EL ACTO RECLAMADO O LAS AUTORIDADES SEÑALADAS COMO RESPONSABLES." y Tomo IX, abril de 1999, página 209, tesis 2a. XLI/99, de rubro: "DEMANDA DE AMPARO. PROCEDENCIA DE SU AMPLIACIÓN."

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