AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES. TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, AL INCREMENTAR UNILATERALMENTE LAS CUOTAS POR EL USO DE PISO A LOS PRESTADORES DE SERVICIOS TURÍSTICOS.
Aeropuertos y Servicios Auxiliares es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propios, creado por decreto presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación del doce de junio de mil novecientos sesenta y cinco, que está facultado para administrar los servicios auxiliares de transporte de pasajeros entre los aeropuertos y las zonas urbanas, terminales de concentración de pasajeros y otros similares y, a su vez, para organizar y usufructuar dichos servicios auxiliares, percibiendo el importe de los arrendamientos respectivos, atento lo dispuesto por el artículo 2o., fracciones II y IV, del mencionado decreto. Ahora bien, cuando dicho organismo incrementa el pago por el uso del derecho de piso a los prestadores de servicios auxiliares de transportación turística, es evidente que actúa como autoridad, puesto que el ejercicio de esta potestad (cuya fuente es pública por provenir de un decreto presidencial), se traduce en un acto unilateral que modifica situaciones jurídicas (incrementan el pago de un derecho), acto que indefectiblemente afecta la esfera de los gobernados porque incide en forma directa en su economía.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DÉCIMO CUARTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/196679-a94d61d3/aeropuertos-y-servicios-auxiliares-tiene-el-caracter-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES. TIENE EL CARÁCTER DE AUTORIDAD PARA LOS EFECTOS DEL JUICIO DE AMPARO, AL INCREMENTAR UNILATERALMENTE LAS CUOTAS POR EL USO DE PISO A LOS PRESTAD (1993)
- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES. EL EJERCICIO DE SUS FACULTADES CONSTITUYE UN ACTO DE AUTORIDAD. (XIV.1o.4 A )
- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES. LA OMISIÓN DEL QUEJOSO DE SEÑALAR COMO RESPONSABLES A LAS AUTORIDADES QUE PARTICIPAN EN LA AUTORIZACIÓN DEL INCREMENTO DE LAS TARIFAS POR DERECH (XIV.2o.25 K)
- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES. SE ENCUENTRA SUJETO AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL. (XX. 124 A)
- AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES. SE ENCUENTRA SUJETO AL PAGO DEL IMPUESTO PREDIAL.- (859)
- TARIFAS AEROPORTUARIAS, LA EMPRESA AEROPUERTOS Y SERVICIOS AUXILIARES (ASA) ES LA INTERESADA EN LA APROBACION DE LAS (ARTICULO 49 DE LA LEY DE VIAS GENERALES DE COMUNICACION). (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis