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Modo: Corpus Pro

MULTAS FISCALES. EL ARTÍCULO 82 DEL CÓDIGO FISCAL DE LA FEDERACIÓN, AL PERMITIR SU INDIVIDUALIZACIÓN, NO VULNERA EL PRINCIPIO CONSTITUCIONAL DE PROPORCIONALIDAD DE LAS PENAS.

Clave: 2a./J. 95/2012 (10a.) · Registro digital (IUS): 2001696 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 10a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta
Localización: [J]; 10a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; Libro XII, Septiembre de 2012; Tomo 2; Pág. 581

Para establecer la proporcionalidad de una multa fiscal se exige razonabilidad en la diferencia de trato, en virtud de la posición constitucional del legislador y de su legitimidad democrática; por tanto, el citado artículo 82, en sus diversas fracciones e incisos, al permitir la individualización de la sanción en cada caso concreto, atendiendo a la gravedad de la infracción, la capacidad económica del infractor, la reincidencia o cualquier elemento del que pueda inferirse la levedad o la gravedad del hecho infractor, no vulnera el principio de proporcionalidad de las penas contenido en el artículo 22 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2001696-2e219f1e/multas-fiscales-el-articulo-82-del-codigo-fiscal · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Amparo directo en revisión 2815/2011. José Luis Gómez Díaz. 18 de enero de 2012. Cinco votos. Ponente: Sergio A. Valls Hernández. Secretario: Miguel Ángel Antemate Chigo. Amparo directo en revisión 705/2012. Greco Inmobiliaria, S.C. 25 de abril de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: Sergio A. Valls Hernández. Ponente: José Fernando Franco González Salas. Secretario: Everardo Maya Arias. Amparo directo en revisión 798/2012. Greco Inmobiliaria, S.C. 2 de mayo de 2012. Cinco votos. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Leticia Guzmán Miranda. Amparo directo en revisión 865/2012. Torres Transmisión y Subestaciones, S.A. de C.V. y/o Torres de Transmisión y Subestaciones, S.A. de C.V. 16 de mayo de 2012. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: José Fernando Franco González Salas. Ponente: Luis María Aguilar Morales. Secretaria: Leticia Guzmán Miranda. Amparo directo en revisión 1492/2012. Maquinaria Agrícola e Implementos del Golfo, S.A. de C.V. 20 de junio de 2012. Cinco votos. Ponente: Margarita Beatriz Luna Ramos. Secretario: Fausto Gorbea Ortiz. Tesis de jurisprudencia 95/2012 (10a.). Aprobada por la Segunda Sala de este Alto Tribunal, en sesión privada del quince de agosto de dos mil doce.

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