POLICÍAS DEL MUNICIPIO DE BENITO JUÁREZ, QUINTANA ROO. EL RESULTADO "NO APROBADO" EN LA EVALUACIÓN PRACTICADA POR EL CENTRO ESTATAL DE EVALUACIÓN Y CONTROL DE CONFIANZA, NO AFECTA SU INTERÉS JURÍDICO.
De los artículos 200 a 212 del Reglamento Interior de la Secretaría Municipal de Seguridad Pública y Tránsito del Municipio de Benito Juárez, Quintana Roo, vigente hasta el 9 de abril de 2013, se advierte que los procesos de evaluación de los policías municipales, periódicos y obligatorios, tienen por objeto comprobar si satisfacen los requisitos de ingreso y permanencia y cumplen los principios de certeza, objetividad, legalidad, eficiencia, profesionalismo, honradez, lealtad e imparcialidad, que derivan del artículo 113 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Por otra parte, para tener por acreditado el interés jurídico, para efectos de la procedencia del juicio de amparo, se requiere que el acto reclamado lesione algún derecho del que sea titular el quejoso. En ese sentido, la evaluación practicada por el Centro Estatal de Evaluación y Control de Confianza a los servidores públicos indicados, en los términos descritos, no afecta su interés jurídico, aun cuando haya arrojado el resultado "no aprobado", pues aquélla sólo tiene por objeto comprobar si el agente cumple con los requisitos de permanencia que establece el servicio civil de carrera policial, sin que un eventual resultado negativo tenga como consecuencia su desincorporación automática de la institución, pues sólo genera la presunción de que incumplió con un requisito de permanencia, pero, en sí mismo, no condiciona ni propicia el inicio del procedimiento de baja ante el Comité del Servicio Civil de Carrera Técnica, ya que éste constituye un hecho futuro de realización incierta, que impide evidenciar una afectación real, concreta y directa en su esfera de derechos.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO DEL VIGÉSIMO SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2008599-f5f2b97c/policias-del-municipio-de-benito-juarez-quintana-roo · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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