NULIDAD DE ACTAS DE ASAMBLEA RELATIVAS A LA DELIMITACIÓN, DESIGNACIÓN Y DESTINO DE TIERRAS EJIDALES. EN LOS JUICIOS EN LOS QUE SE RECLAME AQUÉLLA, EL ALLANAMIENTO A LA DEMANDA IMPIDE ANALIZAR DE OFICIO LA PRESCRIPCIÓN PREVISTA EN EL ARTÍCULO 61 DE LA LEY AGRARIA.
Como el allanamiento a la demanda constituye el reconocimiento del demandado a la pretensión del actor y de los hechos en que se sustenta, cuyo efecto lógico procesal es la inexistencia de la litis, es decir, del conflicto de intereses o de la controversia judicial, se hace innecesaria la etapa probatoria, pues el Juez está en condiciones de dictar sentencia, concediendo lo que el demandado reconoció y aceptó con el allanamiento; en ese sentido, en los juicios en que se reclama la nulidad de las actas donde constan los acuerdos de la asamblea ejidal relativos a la delimitación, destino y asignación de tierras, el Tribunal Unitario Agrario no puede analizar de oficio la prescripción establecida en el artículo 61, párrafo segundo, de la Ley Agraria, cuando el demandado, por conducto del comisariado ejidal, se allana a la demanda, previa autorización de la asamblea ejidal por ser de su competencia exclusiva la decisión de ese tipo de asuntos, ni siquiera por virtud de la suplencia de la queja deficiente, porque en este caso, debe entenderse que no existe oposición a la acción de nulidad, ni coexiste conflicto de intereses, sino el reconocimiento y la aceptación del demandado a la pretensión del actor y, por tanto, tampoco existe obligación de suplir deficiencia alguna. Lo anterior, en el entendido de que este criterio sólo resulta aplicable a las controversias agrarias en las que la nulidad del acta de la asamblea se reclama respecto de tierras de uso común que no fueron asignadas a un tercero, pues en este caso éste tendría que ser llamado al juicio y hacer valer sus defensas.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2010280-a21688ff/nulidad-de-actas-de-asamblea-relativas-a-la · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- NULIDAD DEL ACTA DE ASAMBLEA DE DELIMITACIÓN, DESTINO Y ASIGNACIÓN DE TIERRAS EJIDALES DE USO COMÚN. EL ALLANAMIENTO A LA DEMANDA DEL JUICIO AGRARIO POR PARTE DEL COMISARIADO EJIDA (VIII.1o.P.A.5 A (11a.))
- NULIDAD DEL ACTA DE ASAMBLEA DE DELIMITACIÓN, DESTINO Y ASIGNACIÓN DE TIERRAS EJIDALES. EL ALLANAMIENTO A LA DEMANDA DEL JUICIO AGRARIO POR PARTE DEL COMISARIADO EJIDAL SE EQUIPARA (II.2o.A.67 A (11a.))
- ALLANAMIENTO A LA DEMANDA EN MATERIA AGRARIA. PARA LA VALIDEZ DEL REALIZADO POR EL COMISARIADO EJIDAL, DEBE EXHIBIRSE EL ACTA EN LA QUE LA ASAMBLEA DE EJIDATARIOS LO FACULTÓ PARA T (IX.2o.35 A)
- ACCIÓN DE NULIDAD DE UN ACTA DE ASAMBLEA GENERAL DE EJIDATARIOS. CUANDO EN ÉSTA SE AUTORIZÓ AL COMISARIADO EJIDAL PARA QUE SE ALLANE A LAS PRETENSIONES DEL ACTOR, EL TRIBUNAL AGRAR (XI.3o.A.T.8 A (10a.))
- ASAMBLEA DE DELIMITACIÓN, DESTINO Y ASIGNACIÓN DE TIERRAS COMUNALES. LA PRESCRIPCIÓN DE LA ACCIÓN PARA SOLICITAR SU NULIDAD, AL HABERSE PRESENTADO LA DEMANDA FUERA DEL PLAZO DE NOV (II.3o.A.135 A (10a.))
- NULIDAD DE ACTA DE ASAMBLEA DE DELIMITACIÓN, DESTINO Y ASIGNACIÓN DE TIERRAS EJIDALES. EL ALLANAMIENTO A LA DEMANDA DEL JUICIO AGRARIO ES INSUFICIENTE PARA DECLARARLA CUANDO ELLO T (XXII.2o.A.C. J/1 A (11a.))
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis