PRUEBA ILÍCITA. LA EXCLUSIÓN DE LA OBTENIDA CON VIOLACIÓN A LOS DERECHOS HUMANOS DEL COINCULPADO DEL QUEJOSO, NO ROMPE CON EL PRINCIPIO DE RELATIVIDAD DE LAS SENTENCIAS DE AMPARO, SIEMPRE QUE DE ELLA SE ADVIERTAN IMPUTACIONES O DATOS INCRIMINATORIOS TOMADOS EN CUENTA PARA EL DICTADO DEL FALLO RECLAMADO, EN PERJUICIO DEL PETICIONARIO.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la tesis de jurisprudencia 1a./J. 139/2011 (9a.), publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Décima Época, Libro III, Tomo 3, diciembre de 2011, página 2057, de rubro: "PRUEBA ILÍCITA. EL DERECHO A UN DEBIDO PROCESO COMPRENDE EL DERECHO A NO SER JUZGADO A PARTIR DE PRUEBAS OBTENIDAS AL MARGEN DE LAS EXIGENCIAS CONSTITUCIONALES Y LEGALES.", estableció que el derecho al debido proceso comprende el no ser juzgado a partir de pruebas ilícitas, entendidas como aquellas obtenidas al margen de las exigencias constitucionales y legales, pues la regla de exclusión de la prueba ilícita se encuentra inmersa en el orden constitucional. Así, dicha regla no se limita al análisis de las pruebas recabadas con vulneración a los derechos fundamentales de quien comparece al juicio de amparo con el carácter de quejoso, sino que también alcanza a aquellos medios de convicción que, en cuanto a su fuente, violan directamente los derechos humanos del coinculpado del quejoso, aun cuando no sea parte en el juicio de amparo. Esto, siempre que de ellas se adviertan imputaciones o datos incriminatorios tomados en cuenta para el dictado del fallo reclamado, en perjuicio del peticionario, ya que por estar agregadas al proceso, al ser valoradas por el Juez para dictar sentencia, deben ser objeto de escrutinio constitucional en cuanto a su licitud. Sin que lo anterior rompa con el principio de relatividad de las sentencias de amparo, previsto en el primer párrafo del artículo 73 de la Ley de Amparo, pues la exclusión de pruebas ilícitas, en el caso, de la declaración del coinculpado del quejoso, no implica que los efectos de la sentencia alcancen a individuos diversos a los que solicitaron el amparo, en tanto que garantiza el derecho fundamental al debido proceso de quien comparece al juicio constitucional.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL DÉCIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2013604-27d355ff/prueba-ilicita-la-exclusion-de-la-obtenida-con · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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