SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE PREVISTA EN EL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE AMPARO, EN TRATÁNDOSE DE LA AFECTACIÓN AL ORDEN Y DESARROLLO DE LA FAMILIA. NO PROCEDE EN LOS JUICIOS SUCESORIOS INTESTAMENTARIOS.
El artículo citado prevé la suplencia de la queja a favor de tres grupos distintos: los menores de edad, los "incapaces" y la familia, en aquellos casos en que se afecte su orden y desarrollo. Ahora bien, a fin de determinar si en un juicio sucesorio intestamentario opera la suplencia de la queja con base en la protección a la familia, es menester dilucidar cuándo se está en presencia de casos en que se vulnera su orden y desarrollo, siendo que estaremos en ese supuesto cuando se ven trastocadas las relaciones entre los miembros de la familia o cuando están en juego instituciones de orden público, lo que no se traduce en la protección de los miembros del núcleo familiar en lo individual, sino a las relaciones existentes entre ellos y en los derechos y obligaciones subyacentes a las mismas. Por tanto, si la finalidad del juicio sucesorio intestamentario consiste esencialmente en la división y adjudicación de los bienes del autor de la sucesión a favor de los herederos, quienes tienen el deber de soportar las cargas de la herencia; es claro que sólo se encuentran en juego intereses económicos y que las consecuencias que pudieran producirse no lesionan al grupo familiar, pues no varían su configuración o el orden existente, sino que redundan en cuestiones estrictamente patrimoniales, por lo que no opera la suplencia de la queja con base en la última parte de la fracción II del artículo 79 de la Ley de Amparo; lo anterior, siempre y cuando en el juicio sucesorio intestamentario no se encuentren inmiscuidos derechos de menores de edad o "incapaces", pues es evidente que en tales supuestos la suplencia de la queja opera en su mayor amplitud. No es obstáculo a la conclusión anterior, el hecho de que en ese tipo de juicios es necesario analizar si el accionante acreditó su entroncamiento con el autor de la sucesión de manera que pueda determinarse si tiene o no derecho a la herencia, pues lo cierto es que el reconocimiento o desconocimiento del grado de parentesco que se dice une al presunto heredero con el de cujus sólo surte efectos en relación con el juicio de petición de herencia, esto es, para saber si está en aptitud de obtener alguna porción de los bienes del autor de la sucesión por tener el carácter de heredero. Lo anterior, sin embargo de ninguna manera puede ser susceptible de modificar el vínculo filial o el estado civil de alguna persona.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2020924-02fa6354/suplencia-de-la-queja-deficiente-prevista-en-el · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE PREVISTA EN EL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE AMPARO. SU PROCEDENCIA DEBE ANALIZARSE CASO A CASO, CUANDO LA RESOLUCIÓN RECLAMADA SEA LA QUE (1a./J. 42/2018 (10a.))
- SUPLENCIA DE LA QUEJA. SU PROCEDENCIA Y ALCANCE EN RELACIÓN CON EL PRINCIPIO DE DEFINITIVIDAD. (I.3o.C.835 C)
- SUPLENCIA DE LA QUEJA DEFICIENTE PREVISTA EN EL ARTÍCULO 79, FRACCIÓN II, DE LA LEY DE AMPARO. ES PROCEDENTE TRATÁNDOSE DE SUCESIONES INTESTAMENTARIAS, DADA SU ESTRECHA RELACIÓN CO (VII.2o.C.45 K (10a.))
- HEREDEROS PRESUNTOS. NO PUEDEN RECLAMAR EN EL AMPARO LA FALTA DE EMPLAZAMIENTO AL JUICIO SUCESORIO. ( [TA]; 8a. Época; T.C.C.; S.J.F.; Tomo XI, Febrero de 1993; Pág. 262)
- PATRIA POTESTAD. LA SUPLENCIA DE LA DEFICIENCIA DE LA QUEJA OPERA A FAVOR DE LOS MENORES, AUNQUE NO SEAN PARTE MATERIAL EN EL JUICIO DE AMPARO. (I.3o.C.326 C)
- MENORES DE EDAD O INCAPACES. PROCEDE LA SUPLENCIA DE LA QUEJA, EN TODA SU AMPLITUD, SIN QUE OBSTE LA NATURALEZA DE LOS DERECHOS CUESTIONADOS NI EL CARÁCTER DEL PROMOVENTE. (1a./J. 191/2005)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis