NOTIFICACIÓN DE SENTENCIAS EMITIDAS EN EL JUICIO DE NULIDAD TRAMITADO A TRAVÉS DEL SISTEMA DE JUSTICIA EN LÍNEA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA ADMINISTRATIVA. SURTE EFECTOS EN EL MOMENTO EN QUE SE GENERA EL ACUSE DE RECIBO ELECTRÓNICO EN EL QUE CONSTEN LA HORA Y LA FECHA EN QUE LAS PARTES INGRESARON AL EXPEDIENTE RESPECTIVO.
Hechos: En diversos recursos y juicios de amparo directo, los promoventes estimaron que la presentación de su escrito o demanda fue oportuna, pues en virtud de que fueron notificados de las sentencias reclamadas emitidas en un juicio de nulidad a través del Sistema de Justicia en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, la notificación surtió efectos el día hábil siguiente a aquel en que fue hecha.
Criterio jurídico: Este Tribunal Colegiado de Circuito determina que las notificaciones de las sentencias emitidas en el juicio de nulidad tramitado a través del Sistema de Justicia en Línea del Tribunal Federal de Justicia Administrativa, surten efectos en el momento en que se genera el acuse de recibo electrónico en el que consten la hora y la fecha en que las partes ingresaron al expediente respectivo.
Justificación: Lo anterior, porque el artículo 58-N, fracción V, de la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo prevé que la notificación practicada en el juicio en línea se tendrá como legalmente efectuada cuando el sistema referido genera el acuse de recibo electrónico donde consta la fecha y hora en la que ingresó la persona a consultar el expediente electrónico, pero no establece el momento en que debe surtir efectos; sin embargo, no son aplicables las reglas para las notificaciones contenidas en los artículos 65 a 74 de la ley señalada, pues no establecen su aplicación para los juicios tramitados en línea. Al respecto, son aplicables, por analogía, las tesis de jurisprudencia P./J. 10/2017 (10a.) y P./J. 11/2017 (10a.), del Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, de las que deriva que cuando no se prevea en la ley que rige el acto reclamado el momento en el que surte efectos su notificación, por regla general, se considerará que ello ocurre en el instante mismo en el que se encuentre legalmente practicada.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL SÉPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/2026168-78560153/notificacion-de-sentencias-emitidas-en-el-juicio-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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