COSTAS EN SEGUNDA INSTANCIA. NO SE REQUIERE PETICION DE PARTE PARA SU CONDENA.
Si bien es verdad que no hubo petición del actor para que en segunda instancia se condenara a los agraviados al pago de costas, no deja de ser menos cierto que esa solicitud se hizo desde el escrito de demanda; en la inteligencia de que este Colegiado es de opinión que no es correcto exigir que por cada instancia de un juicio se deba pedir la condena en costas, tanto porque la ley no lo preve de esa manera, como porque ésta sólo exige que se solicite, y es suficiente con que se haga en la demanda o en la contestación en virtud de que de opinar lo contrario sería pensar que cada instancia representa un juicio.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL TERCER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/212449-6047138a/costas-en-segunda-instancia-no-se-requiere-peticion · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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