PENA. NEGATIVA DE LA SUSPENSION CONDICIONAL POR MALA CONDUCTA.
El hecho de que el artículo 17 del Código Penal para el Estado de Sonora, establezca que los antecedentes penales prescriben "con todos sus efectos", debe considerarse que se refiere a los efectos de los citados antecedentes penales, como son: el que se aumente la pena y el que se nieguen algunos beneficios liberatorios; pero la circunstancia de que con anterioridad el sentenciado observó mala conducta por la comisión de diversos hechos ilícitos, esa no se puede borrar con el solo transcurso del tiempo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL QUINTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/215185-0c9ca3a7/pena-negativa-de-la-suspension-condicional-por-mala · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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