AGRARIO. PRIVACION DE DERECHOS EJIDATARIOS. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA.
Cuando se reclama en amparo una resolución presidencial sobre privación de derechos agrarios, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación no es competente para conocer del recurso de revisión que se interponga contra la sentencia dictada por el Juez de Distrito en la audiencia constitucional, en virtud de que ese acto reclamado únicamente afecta los derechos individuales de los ejidatarios comprendidos en la propia resolución presidencial, pero no afecta los derechos colectivos del correspondiente núcleo de población, por lo que no resultan aplicables los artículos 84, fracción I, inciso d), de la Ley de Amparo y 25, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, y sí lo son, en cambio, los artículos 85, fracción II, de la Ley de Amparo y 7o. bis, fracción III, inciso a), del capítulo III bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación. Por tanto, el conocimiento y resolución del recurso compete al Tribunal Colegiado de Circuito que corresponda.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/238539-3c3cceed/agrario-privacion-de-derechos-ejidatarios-incompetencia-legal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- DERECHOS INDIVIDUALES DE EJIDATARIOS, PRIVACION DE. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA. (1105)
- AGRARIO. RECONOCIMIENTO DE DERECHOS AGRARIOS. COMPETENCIA DE LA SEGUNDA SALA PARA CONOCER DEL RECURSO DE REVISION. (s/clave)
- AGRARIO. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA. RESOLUCIONES PRESIDENCIALES SOBRE RECONOCIMIENTO DE DERECHOS AGRARIOS A EJIDATARIOS. (s/clave)
- AGRARIO. AFECTACION DE DERECHOS INDIVIDUALES. INCOMPETENCIA LEGAL DE LA SEGUNDA SALA, DE ACUERDO CON LAS REFORMAS VIGENTES A PARTIR DEL 27 DE OCTUBRE DE 1968 A LA LEY DE AMPARO. (s/clave)
- AGRARIO. DERECHOS INDIVIDUALES. AFECTACION. INCOMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE (SALA AUXILIAR), DE ACUERDO CON LAS REFORMAS VIGENTES A PARTIR DE OCTUBRE DE 1968. (s/clave)
- AGRARIO. DERECHOS INDIVIDUALES. INCOMPETENCIA DE LA SUPREMA CORTE. (s/clave)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis