TRIBUNAL FISCAL DE LA FEDERACION, NO DEBE OBLIGAR A LA AUTORIDAD ADMINISTRATIVA A EMITIR UN NUEVO ACTO PURGANDO EL VICIO DE ILEGALIDAD.
Si la Sala Fiscal estima que el acto es ilegal por determinado motivo, debe limitarse a declarar su nulidad, mas no indicar a la autoridad demandada que emita uno nuevo purgando el vicio respectivo, toda vez que esta actitud de la Sala respectiva implica una indebida sustitución a la autoridad fiscal, por ser dicho tribunal de mera anulación y no de plena jurisdicción.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/255701-fec7a695/tribunal-fiscal-de-la-federacion-no-debe-obligar · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Séptima Epoca, Sexta Parte:
Volumen 48, página 53. Amparo directo 590/71. Licorera de Jalisco, S.A. 25 de agosto de 1972. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 53, página 44. Amparo directo 130/73. Vicente Peredo Saavedra. 11 de mayo de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 57, página 64. Amparo directo 379/73. Reynaldo Guzmán Orozco. 21 de septiembre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 58, página 80. Amparo directo 709/72. Financiera Mercantil de Monterrey, S.A. 11 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen 58, página 80. Amparo directo 530/73. Sergio E. Bourges Rodríguez. 26 de octubre de 1973. Unanimidad de votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
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