EXCLUYENTES.
Las excluyentes de responsabilidad deben comprobarse plenamente.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/264152-0eac942f/excluyentes · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Volumen VII, página 50. Amparo directo 3778/57. J. Refugio Gutiérrez Carmona. 3 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Volumen VII, página 50. Amparo directo 2155/57. Ramón Romo Cuevas. 21 de enero de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Rodolfo Chávez S.
Volumen X, página 66. Amparo directo 3773/37. Raúl López Moreno. 7 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Volumen X, página 66. Amparo directo 1317/57. Magdalena Esperanza Meneses González. 21 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.
Volumen XII, página 52. Amparo directo 2641/57. Alfonso Gallegos Gallegos. 24 de junio de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: Agustín Mercado Alarcón.
Jurisprudencia relacionada
- EXCLUYENTES. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
- EXCLUYENTES. (s/clave)
¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis