Corpus
Modo: Corpus Pro

EJERCICIO INDEBIDO DE UN DERECHO Y NO DE VIOLACION, DELITO DE.

Clave: 142 · Registro digital (IUS): 390011 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 8a. Época; 1a. Sala; Ap. 1995; Tomo II, Parte SCJN; Pág. 80

La cópula normal violenta impuesta por el cónyuge, cuando subsiste la obligación de cohabitar, no es integradora del delito de violación, sino del de ejercicio indebido de un derecho, previsto en el artículo 226 del Código Penal para el Distrito Federal; pero si tal comportamiento se presentara en una diversa entidad federativa cuya legislación penal no prevea esa figura, únicamente podría sancionarse por el ilícito que se integre derivado de la violencia ejercida para copular.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390011-6526bf35/ejercicio-indebido-de-un-derecho-y-no-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Epoca: Contradicción de tesis 5/92. Entre las sustentadas por los Tribunales Colegiados Primero y Tercero del Sexto Circuito. 28 de febrero de 1994. Mayoría de tres votos. NOTA: Tesis 1a./J.12/94, Gaceta número 77, pág. 19; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo XIII-Mayo, pág. 63.

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