Corpus
Modo: Corpus Pro

RETRACTACION DEL OFENDIDO.

Clave: 293 · Registro digital (IUS): 390162 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 6a. Época; 1a. Sala; Ap. 1995; Tomo II, Parte SCJN; Pág. 164

La retractación de lo manifestado por el ofendido en contra del inculpado, carece de valor cuando no existe prueba alguna que corrobore tales declaraciones.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390162-afdaf9fb/retractacion-del-ofendido · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Epoca: Amparo directo 1791/58. Joel Aparicio Guzmán. 5 de septiembre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 4161/58. Lázaro Diéguez Martínez. 24 de abril de 1959. Cinco votos. Amparo directo 1661/60. Vicente Félix García. 21 de octubre de 1960. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 919/61. Ramón Pérez Méndez. 14 de marzo de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Amparo directo 4420/65. Sandra Luz Soriano Valle. 5 de octubre de 1965. Cinco votos.

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