DESPOJO, TIPO DEL DELITO DE. (LEGISLACION DE VERACRUZ).
El tipo del delito de despojo contenido en el artículo 191 del Código Penal para el Estado de Veracruz no establece que la ocupación de un inmueble ajeno sea llevada al cabo por el activo precisamente ejerciendo violencia, en forma furtiva o utilizando engaños o amenazas, pues ese antisocial se comete, entre otras hipótesis, por el solo hecho de que el activo ocupe un inmueble ajeno sin el consentimiento de quien tenga derecho a otorgarlo.
TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SEPTIMO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390395-f83bd03a/despojo-tipo-del-delito-de-legislacion-de-veracruz · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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