Corpus Iuris Corpus · Iuris
✦ Corpus Búsqueda libre Leyes Jurisprudencia Precedentes Actualización legal

MULTA, SUSTITUCION DE LA PENA DE PRISION POR. DEBE IGUALMENTE FIJARSE, ATENDIENDO A LA PELIGROSIDAD ESTIMADA.

Clave: 594 · Registro digital (IUS): 390463 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 1995; Tomo II, Parte TCC; Pág. 367

Siendo cierto que el artículo 29, párrafo final del Código Penal para el Distrito Federal en Materia de Fuero Común y para toda la República en Materia de Fuero Federal establece que "tratándose de la multa sustitutiva de la pena privativa de libertad, la equivalencia será a razón de un día multa por un día de prisión"; sin embargo, ese precepto debe aplicarse relacionándolo con el texto de los numerales 70, fracción I, 51 y 52 del ordenamiento sustantivo referido, esto es, atendiendo también al margen de la peligrosidad estimada.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Epoca: Amparo directo 1992/91. Héctor Gómez Valdez. 16 de enero de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 485/92. Margarita Torres Medina. 27 de marzo de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 192/92. Teresa Murguía Muñoz y otros. 29 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 1098/92. Mario Alberto Ramos Chávez. 29 de mayo de 1992. Unanimidad de votos. Amparo directo 918/92. María Concepción Flores Sánchez. 12 de junio de 1992. Unanimidad de votos. Notas: Tesis I.2o.P.J/43, Gaceta número 56, pág. 38; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo X-Agosto, pág. 425. Esta tesis contendió en la contradicción 58/95 resuelta por la Primera Sala, de la que derivó la tesis 1a./J. 29/97, que aparece publicada en el Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo VI, julio de 1997, página 54, con el rubro: "MULTA, SUSTITUCIÓN DE LA PENA DE PRISIÓN POR." Por ejecutoria de fecha 8 de mayo de 1996, la Primera Sala declaró inexistente la contradicción de tesis 43/95 en que participó el presente criterio.

Jurisprudencia relacionada

¿Litigas este tema?
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis