AUTOPSIA.
No es necesaria la autopsia para la comprobación del cuerpo del delito de homicidio en los delitos de orden militar; y aunque las leyes aceptan tal medio de prueba, no es de un modo exclusivo, pudiendo comprobarse el delito por los otros medios que la misma ley enumera.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/390664-9e4c745e/autopsia · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Tomo I, pág. 764. Amparo en revisión. Sánchez José. 19 de noviembre de 1917. Unanimidad de diez votos.
Amparo directo 285/18. Silva Sixto. 10 de enero de 1923. Unanimidad de ocho votos.
Amparo directo 367/23. López Antonio. 13 de noviembre de 1923. Mayoría de seis votos.
Amparo directo 614/24. Avila Juan D. 7 de febrero de 1929. Cinco votos.
Amparo directo 3046/26. Moreno Suchil Salvador. 17 de octubre de 1929. Cinco votos.
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