Corpus
Modo: Corpus Pro

SITIOS EN LOS MERCADOS. SUSPENSION IMPROCEDENTE.

Clave: 624 · Registro digital (IUS): 391514 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 5a. Época · Instancia: Pleno · Fuente: Apéndice de 1995
Localización: [J]; 5a. Época; Pleno; Ap. 1995; Tomo III, Parte SCJN; Pág. 449

Es improcedente conceder la suspensión contra la orden que manda cambiar de sitio a los vendedores en los mercados.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/391514-0d4d393c/sitios-en-los-mercados-suspension-improcedente · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Quinta Epoca: Amparo en revisión 1523/21. Cayetano Dolores. 5 de julio de 1921. Unanimidad de nueve votos. Amparo en revisión 1964/21. García Arnulfo S. y coags. 29 de julio de 1921. Unanimidad de diez votos. Amparo en revisión 3264/21. Bárcenas vda. de Clark Beatriz y coags. 6 de enero de 1922. Unanimidad de ocho votos. Amparo en revisión 1264/22. Avilez Jesús y coags. 7 de julio de 1922. Unanimidad de ocho votos. Tomo XI, pág. 1204. Amparo en revisión 1481/22. Palacios Manuel. 7 de julio de 1922. NOTA: En los Apéndices 1917-1954 y 1917-1965, cambió el rubro: "SITIOS EN LOS MERCADOS."

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