SITIOS EN LOS MERCADOS.
La orden para cambiar a los vendedores de sitios en los mercados, no origina violación de garantía individual alguna.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/tesis/807606-955a4bf1/sitios-en-los-mercados · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Amparo administrativo en revisión 1002/46. González Castañeda José. 5 de abril de 1946. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro Octavio Mendoza González, no estuvo presente en la vista de este asunto. Relator: Octavio Mendoza González.
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