SUSPENSION. CLAUSURA Y SANCIONES FUTURAS. NEGATIVA AMBIGUA.
Si se levantó una acta administrativa en la que se hicieron constar irregularidades en la negociación del quejoso, y éste reclama las consecuencias de esa acta consistente en la posible clausura y aplicación de sanciones, alegando que no existió la irregularidad apuntada, es claro que si las autoridades responsables se limitan escuetamente en su informe previo a negar los actos que se les reclaman, pero sin precisar concretamente cuáles otras habrían de ser las consecuencias de las irregularidades asentadas en el acta, los actos futuros consistentes en la aplicación de sanciones y en la clausura se deben estimar presuntivamente acreditados, en términos del artículo 149 de la Ley de Amparo, pues un informe previo incompleto, o ambiguo, o impreciso, en la referencia a los actos reclamados y a todas sus características, equivale a una falta de informe, en términos del artículo 132, tercer párrafo, de la Ley de Amparo, de la misma manera que en un proceso civil se tienen por confesados aquellos hechos imputables al demandado que no hayan sido negados en forma clara y precisa. Por lo demás, si las autoridades no piensan sancionar ni clausurar, ningún perjuicio les causa la concesión de la suspensión; y si piensan hacerlo, precisamente para que no lo hagan, entretanto se falla el amparo, es para lo que fue creada la institución de la suspensión en términos del artículo 124 de la Ley de Amparo, ya que la ejecución de los actos causaría a las quejosas daños de difícil (y aun imposible) reparación.
PRIMER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA ADMINISTRATIVA DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/391889-3571817e/suspension-clausura-y-sanciones-futuras-negativa-ambigua · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Jurisprudencia relacionada
- SUSPENSION. CLAUSURA Y SANCIONES FUTURAS. NEGATIVA AMBIGUA. (s/clave)
- INFORME PREVIO. NEGATIVA IMPRECISA DE LOS ACTOS RECLAMADOS. (s/clave)
- SUSPENSION. ACTOS FUTUROS. (s/clave)
- SUSPENSIÓN EN EL AMPARO. LA NEGATIVA DE LA EXISTENCIA DEL ACTO RECLAMADO EN EL INFORME PREVIO CON APOYO EN CUESTIONES RELACIONADAS CON EL FONDO DEL JUICIO, NO ORIGINA LA DENEGACIÓN (I.7o.A.99 K)
- SUSPENSION. CLAUSURAS. (s/clave)
- SUSPENSIÓN. ES PROCEDENTE CONTRA LA EJECUCIÓN DE UNA ORDEN DE CLAUSURA CARENTE DE FUNDAMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN, ATENDIENDO A LOS PRINCIPIOS DE LA APARIENCIA DEL BUEN DERECHO Y EL PE (VI.1o.A.321 A)
En Corpus Iuris puedes buscar en 311 mil tesis y 7 mil leyes con IA, y consultarle al Corpus sobre este criterio.
Buscar jurisprudencia Probar el Corpus gratis