MATERIA FISCAL, QUE DEBE ENTENDERSE POR.
Por materia fiscal debe entenderse todo lo relativo a impuestos o sanciones aplicadas con motivo de la infracción a las leyes que determinan dichos impuestos.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/392059-e1e87dd4/materia-fiscal-que-debe-entenderse-por · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Quinta Epoca:
Amparo en revisión 1601/33. Limantour José Ives. 29 de mayo de 1934. Cinco votos.
Amparo en revisión 3549/37. Pineda vda. de Arenas Alberta. 22 de septiembre de 1937. Cinco votos.
Amparo en revisión 4941/37. Rivera Pascual y coags. 11 de octubre de 1937. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo en revisión 8138/37. Cía. Minera Kildún y Anexas. 16 de febrero de 1938. Unanimidad de cuatro votos.
Amparo en revisión 9193/38. Madrazo José Antonio. 18 de agosto de 1939. Unanimidad de cuatro votos.
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