PRUEBAS, VALORACION DE LAS.
Cuando no se expone un razonamiento jurídico concreto contra los fundamentos que tomó en cuenta la autoridad laboral para negarle valor a un elemento de convicción o no se combaten todas las consideraciones en que se apoyó y se trata de un amparo promovido por el patrón, el tribunal constitucional se encuentra imposibilitado para estudiar dicha valoración, porque equivaldría a suplir la deficiencia de la queja en contravención a lo dispuesto por el artículo 76 bis de la Ley de Amparo.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL DECIMO PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/393780-a75566c8/pruebas-valoracion-de-las · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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