CONCEPTOS DE VIOLACION EXPUESTOS EN FORMA GENERALIZADA.
En el juicio de garantías no se puede realizar por parte del órgano de control constitucional, un estudio general de la controversia de origen, sino que éste debe efectuarse a la luz de los argumentos que se esgriman como conceptos de violación, en los cuales se debe señalar, no sólo las disposiciones, doctrinas o criterios jurisprudenciales que se omitieron analizar, sino que también debe formularse una exposición razonada del por qué, alguna disposición legal, doctrina o criterios jurisprudenciales pueden beneficiarle a la amparista, demostrando a través de tales razonamientos el ataque a sus garantías constitucionales.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394650-33439c8a/conceptos-de-violacion-expuestos-en-forma-generalizada · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
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