EMPLAZAMIENTO. FALTA DE.
La falta de emplazamiento legal, vicia el procedimiento, y viola en perjuicio del demandado, las garantías de los artículos 14 y 16 constitucionales.
SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SEXTO CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/394739-f79da134/emplazamiento-falta-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
Octava Epoca:
Amparo en revisión 136/90. Eulalio Gutiérrez Ramos. 18 de mayo de 1990. Unanimidad de votos.
Amparo en revisión 1/91. Alejandra Rodríguez Pérez y otra. 6 de febrero de 1991. Unanimidad de votos.
Amparo en revisión 243/91. Delfino Flores León. 21 de junio de 1991. Unanimidad de votos.
Amparo en revisión 309/92. Carlos Sánchez, suc. de. 18 de agosto de 1992. Unanimidad de votos.
Amparo en revisión 356/92. Juan Jimárez Ortíz. 26 de agosto de 1992. Unanimidad de votos.
NOTA:
Tesis VI.2o.J/220, Gaceta número 58, pág. 57; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo X-Octubre, pág. 233.
Jurisprudencia relacionada
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