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INGRESOS MERCANTILES, IMPUESTO SOBRE. CUANTIA DEL INTERES DEL JUICIO PARA LA PROCEDENCIA DE LA REVISION FISCAL.

Clave: 217 · Registro digital (IUS): 395237 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Segunda Sala · Fuente: Apéndice de 1975
Localización: [J]; 6a. Época; 2a. Sala; Ap. 1975; Parte III, Sección Agraria; Pág. 362

Conforme al decreto del 30 de diciembre de 1949, es improcedente la revisión fiscal que se interponga en negocios relativos al Impuesto Sobre Ingresos Mercantiles, si el interés del juicio no excede de $20,000.00, aunque la resolución que se impugne ante el Tribunal Fiscal la hayan emitido autoridades del Distrito Federal. En efecto, para determinar la procedencia del recurso de revisión fiscal, no es aplicable el decreto de 29 de diciembre de 1948, reformado el 30 de diciembre de 1950, sino que la procedencia de aquella revisión debe regularse por el decreto del 30 de diciembre de 1946, reformado mediante el que se emitió en diciembre de 1949, que previene que las sentencias del Tribunal Fiscal serán revisables "cuando el intéres del negocio no se haya precisado, no sea precisable, o sea de $20,000.00 o mayor".

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/395237-e5853757/ingresos-mercantiles-impuesto-sobre-cuantia-del-interes-del · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Epoca, Tercera Parte: Vol LXXIV, pág. 25. Revisión fiscal 153/55. Donnay, S. A. 9 de agosto de 1963. Cinco votos. Ponente: Octavio Mendoza González. Volumen LXXIV, pág. 25. Revisión fiscal 104/59. Boni, S. A. 9 de agosto de 1963. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LXXIV, pág. 25. Revisión fiscal 403/59. Rafael Verdín Benítez. 12 de agosto de 1963. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LXXIV, pág. 25. Revisión fiscal 443/59. La Económica, S. de R. L. 12 de agosto de 1963. Cinco votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. Volumen LXXIV, pág. 25. Revisión fiscal 275/59. G. B. H. Fábrica de Calzado, S. A. 15 de agosto de 1963. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente. NOTA: La presente tesis no fue reiterada como vigente, según los acuerdos a que llegó la Comisión Coordinadora encargada de los trabajos para la publicación del Apéndice al Semanario Judicial de la Federación, 1917-1995.

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