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AUTO DE FORMAL PRISIÓN. NO PUEDE CONSTITUIRSE EN PRUEBA DEL DELITO POR EL QUE SE SENTENCIÓ AL QUEJOSO.-

Clave: 461 · Registro digital (IUS): 904442 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo II, Penal, Jurisprudencia TCC; Pág. 346

Resulta incorrecto el proceder de la Sala responsable, que toma en consideración el contenido del auto de formal prisión dictado en el proceso, en contra del promovente del amparo y otros, como probables responsables del delito de secuestro; interlocutoria en la que se valoraron las pruebas allegadas a la indagatoria, con las que afirma, al dictar sentencia definitiva, que se acreditaron los elementos del ilícito en cuestión. Lo incorrecto es porque el auto de término constitucional, de ninguna manera constituye prueba para tener por acreditado el injusto que se atribuye al procesado, pues aquél, en su momento procesal, sólo sirvió para resolver la situación jurídica del inculpado, por lo que la autoridad responsable no se debe remitir al citado proveído para tener por demostrado el delito, sino que, por el contrario, debe valorar por sí misma y de manera directa, todos y cada uno de los elementos de convicción que obren agregados al sumario y emitir la resolución condigna.

SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL TERCER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/904442-308ea5b7/auto-de-formal-prision-no-puede-constituirse-en · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 175/97.-Jesús Ornelas Gaytán o Alfredo Tejeda Mendoza.-3 de julio de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón.-Secretario: José de Jesús Vega Godínez. Amparo directo 176/97.-Abel Barajas Madrigal.-3 de julio de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón.-Secretario: José de Jesús Vega Godínez. Amparo directo 178/97.-Antonio Ríos López.-3 de julio de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón.-Secretario: José de Jesús Vega Godínez. Amparo directo 179/97.-Bartolomé Ríos López.-3 de julio de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón.-Secretario: José de Jesús Vega Godínez. Amparo directo 180/97.-Saúl Gómez Moreno.-3 de julio de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: Hugo Ricardo Ramos Carreón.-Secretario: José de Jesús Vega Godínez. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo VIII, diciembre de 1998, página 938, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis III.2o.P. J/8; véase la ejecutoria en la página 939 de dicho tomo.

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