Corpus
Modo: Corpus Pro

DIVORCIO, ABANDONO DEL DOMICILIO CONYUGAL COMO CAUSAL DE.-

Clave: 199 · Registro digital (IUS): 913141 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 6a. Época · Instancia: Tercera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 6a. Época; 3a. Sala; Ap. 2000; Tomo IV, Civil, Jurisprudencia SCJN; Pág. 163

La causal de divorcio consistente en el abandono o separación de la casa conyugal por más de seis meses sin causa justificada, se refiere a un lapso continuo y es de tracto sucesivo o de realización continua, por lo que la acción no caduca y puede ejercitarse cualquiera que sea el tiempo por el cual se prolongue el abandono, si los hechos que la motivan subsisten cuando se ejercita.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/913141-209aa01d/divorcio-abandono-del-domicilio-conyugal-como-causal-de · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Sexta Época: Amparo civil directo 8523/43.-Curiel Juan.-26 de marzo de 1947.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Amparo civil directo 5031/40.-Rocco de la Fuente Nicolás.-15 de marzo de 1950.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Carlos I. Meléndez. Amparo directo 5219/51.-María Isabel Valdez de Arrambide.-25 de octubre de 1951.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: Agustín Mercado Alarcón. Amparo civil directo 1211/52.-Hernández Magdaleno.-11 de julio de 1952.-Unanimidad de cuatro votos.-Relator: Hilario Medina. Amparo directo 2625/59.-Jorge Gamboa Salazar.-2 de julio de 1962.-Cinco votos.-Ponente: Mariano Azuela. Apéndice 1917-1995, Tomo IV, Primera Parte, página 144, Tercera Sala, tesis 210.

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