FACTURAS, CARECEN DE VALOR PROBATORIO SI NO SE ENCUENTRAN CORROBORADAS POR OTROS ELEMENTOS DE CONVICCIÓN.-
Si en un procedimiento de tercería excluyente de dominio se aporta la prueba documental privada consistente en una factura expedida en favor del reclamante que ampara la venta del mueble descrito en la demanda, la misma, por sí sola, es insuficiente para acreditar la propiedad que se atribuye el tercerista sobre dicho bien, por tratarse de un documento desprovisto de eficacia probatoria en contra de quienes le son ajenos y que no fue corroborada por otros elementos de convicción que permitieran obtener la evidencia del derecho de propiedad que esgrime el tercerista.
TERCER TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA CIVIL DEL PRIMER CIRCUITO.
Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/913499-50174241/facturas-carecen-de-valor-probatorio-si-no-se · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial
Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)
Precedentes
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