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ACTAS ADMINISTRATIVAS. EN INVESTIGACIÓN DE FALTAS DE LOS TRABAJADORES. DEBEN SER RATIFICADAS.-

Clave: 19 · Registro digital (IUS): 915156 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 7a. Época · Instancia: Cuarta Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 7a. Época; 4a. Sala; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia SCJN; Pág. 17

Las actas administrativas levantadas en la investigación de las faltas cometidas por los trabajadores, para que no den lugar a que se invaliden, deben de ser ratificadas por quienes las suscriben, para dar oportunidad a la contraparte de repreguntar a los firmantes del documento, con el objeto de que no se presente la correspondiente indefensión. Por lo tanto, cuando existe la ratificación del acta por parte de las personas que intervinieron en su formación y se da oportunidad a la contraparte para repreguntar a los firmantes del documento y no se desvirtúan, con las preguntas que se formulen, los hechos que se imputan, la prueba alcanza su pleno valor probatorio.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915156-88241849/actas-administrativas-en-investigacion-de-faltas-de-los · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Séptima Época: Amparo directo 1906/74.-Laura Sainz Durán.-19 de junio de 1975.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Amparo directo 5105/74.-Rafael Cajigas Langner y Julián Vázquez González.-3 de septiembre de 1975.-Cinco votos.-Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Amparo directo 2995/75.-Instituto Mexicano del Seguro Social.-22 de septiembre de 1975.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo. Amparo directo 3270/82.-Juana María Amelia de Lira de Lara de González.-9 de abril de 1984.-Cinco votos.-Ponente: María Cristina Salmorán de Tamayo.-Secretaria: María del Refugio Covarrubias de Martín del Campo. Amparo directo 8921/83.-Raúl Gudiño Lemus.-24 de mayo de 1984.-Cinco votos.-Ponente: Juan Moisés Calleja García.-Secretaria: María Soledad Hernández de Mosqueda. Apéndice 1917-1995, Tomo V, Primera Parte, página 12, Cuarta Sala, tesis 18.

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