Corpus
Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA. LA AUTORIDAD LABORAL LA TIENE, PARA RESOLVER SOBRE LA INTERPRETACIÓN O CUMPLIMIENTO DE UN CONTRATO DE MUTUO CELEBRADO ENTRE PATRÓN Y TRABAJADOR.-

Clave: 748 · Registro digital (IUS): 915885 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 9a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia TCC; Pág. 624

Si de las pruebas aportadas a juicio se desprende que el patrón y el trabajador celebraron un contrato de mutuo estando vigente la relación de trabajo entre ellos, y posteriormente surge algún conflicto en cuanto a la interpretación o cumplimiento de lo pactado en el mismo, el órgano competente para resolverlo es la autoridad laboral que corresponda, con independencia de que subsista o no la relación obrero-patronal que existió en el momento de su celebración, puesto que dicho contrato tuvo su origen en atención a la citada relación de trabajo.

SÉPTIMO TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA DE TRABAJO DEL PRIMER CIRCUITO.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/915885-c2d5c42e/competencia-la-autoridad-laboral-la-tiene-para-resolver · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Amparo directo 3277/92.-María del Rocío Molina Pérez.-8 de abril de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Hernández Saldaña.-Secretario: José Maximiano Lugo González. Amparo directo 5697/93.-Banco Internacional, S.A.-21 de septiembre de 1993.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Hernández Saldaña.-Secretario: José C. Santiago Solórzano. Amparo directo 2267/95.-María Estela Gamiño Negrete.-28 de marzo de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: Martín Borrego Martínez.-Secretario: Roberto Rodríguez Maldonado. Amparo directo 9227/95.-José Mario Andrade Gómez.-12 de octubre de 1995.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Hernández Saldaña.-Secretaria: Edna Lorena Hernández Granados. Amparo directo 27/97.-Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, S.N.C.-30 de enero de 1997.-Unanimidad de votos.-Ponente: José Manuel Hernández Saldaña.-Secretaria: Sofía Verónica Ávalos Díaz. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo V, marzo de 1997, página 695, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis I.7o.T. J/12; véase la ejecutoria en la página 696 de dicho tomo.

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