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PRUEBA TESTIMONIAL. TESTIGO SINGULAR. REQUISITOS QUE DEBE REUNIR PARA DAR VALOR A SU DICHO.-

Clave: 1079 · Registro digital (IUS): 916216 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 8a. Época · Instancia: Tribunales Colegiados de Circuito · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 8a. Época; T.C.C.; Ap. 2000; Tomo V, Trabajo, Jurisprudencia TCC; Pág. 942

Si bien es verdad que un solo testigo puede formar convicción en el tribunal cuando en el mismo concurren circunstancias que sean garantía de veracidad, también lo es que para que ello ocurra es necesario, según lo dispone la fracción I del artículo 820 de la Ley Federal del Trabajo, que ese testigo sea el único que se percató de los hechos, lo que no ocurre si la quejosa ofrece para demostrar los mismos hechos no sólo al testigo que declaró, sino también a otros respecto de los cuales se desistió.

TRIBUNAL COLEGIADO EN MATERIA PENAL DEL SÉPTIMO CIRCUITO (ANTES SEGUNDO TRIBUNAL COLEGIADO DEL SÉPTIMO CIRCUITO).

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/916216-bfa33306/prueba-testimonial-testigo-singular-requisitos-que-debe-reunir · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Octava Época: Amparo directo 1646/88.-Jerónima Zapata Mendoza.-12 de septiembre de 1991.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez.-Secretario: José Luis Rafael Cano Martínez. Amparo directo 10/88.-Lucía Ortiz Ramírez.-9 de octubre de 1991.-Unanimidad de votos.-Ponente: Gilberto González Bozziere.-Secretaria: Mercedes Cabrera Pinzón. Amparo directo 924/88.-Instituto Mexicano del Seguro Social.-29 de enero de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Gilberto González Bozziere.-Secretaria: Aída García Franco. Amparo directo 1026/90.-Isidro Gutiérrez Ángel.-21 de mayo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez.-Secretario: Heriberto Sánchez Vargas. Amparo directo 560/90.-Álvaro Cárdenas Naranjo y otro.-28 de mayo de 1992.-Unanimidad de votos.-Ponente: Guillermo Antonio Muñoz Jiménez.-Secretaria: Edith Cedillo López. Apéndice 1917-1995, Tomo V, Segunda Parte, página 603, Tribunales Colegiados de Circuito, tesis 871; véase la ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo X, agosto de 1992, página 462.

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