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Modo: Corpus Pro

COMPETENCIA. PARA SU RESOLUCIÓN DEBE DARSE VALOR PROBATORIO PLENO A LAS DOCUMENTALES QUE CONTENGAN SOMETIMIENTO EXPRESO DE LAS PARTES.-

Clave: 176 · Registro digital (IUS): 919028 · Tipo: Jurisprudencia obligatoria
Época: 9a. Época · Instancia: Primera Sala · Fuente: Apéndice 2000
Localización: [J]; 9a. Época; 1a. Sala; Ap. 2000; Tomo VII, Conflictos Competenciales, Jurisprudencia; Pág. 289

Tratándose de conflictos de naturaleza competencial, únicamente para los efectos de su resolución, en estricto apego a la garantía de seguridad jurídica y siempre y cuando no existan otros elementos de convicción que se les contrapongan, debe darse pleno valor probatorio a las documentales en las que aparezca que las partes se han sometido expresa y terminantemente a la jurisdicción de determinados tribunales, aun cuando alguna de ellas demande la nulidad de tales documentos; ello, atendiendo a que esa acción constituye precisamente la sustancia de la litis que corresponde resolver al tribunal respectivo y porque el atender a dichas pruebas no conlleva prejuicio al respecto.

Fuente y verificación: corpusiuris.mx/jurisprudencia/919028-278b1283/competencia-para-su-resolucion-debe-darse-valor-probatorio · Corpus Iuris · texto íntegro conforme a la publicación oficial

Fuente oficial: Ver esta tesis en la SCJN (Semanario Judicial de la Federación)

Precedentes

Novena Época: Competencia 208/96.-Suscitada entre el Juez Vigésimo Séptimo Civil en el Distrito Federal y el Juez Primero de Primera Instancia del Ramo Civil, del Distrito Judicial de Culiacán, Sinaloa.-30 de octubre de 1996.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Humberto Román Palacios.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: Roberto Javier Ortega Pineda. Competencia 336/96.-Suscitada entre el Juez Décimo Civil de Toluca, Estado de México y el Juez Cuadragésimo Sexto de lo Civil en el Distrito Federal.-27 de noviembre de 1996.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Humberto Román Palacios.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: Roberto Javier Ortega Pineda. Competencia 328/96.-Suscitada entre el Juez Décimo Cuarto de lo Civil en el Distrito Federal y el Juez Segundo de lo Civil del Distrito Morelos en el Estado de Chihuahua.-15 de enero de 1997.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: Olga Sánchez Cordero de García Villegas.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretaria: María Elena Leguízamo Ferrer. Competencia 65/97.-Suscitada entre el Juez Segundo de Distrito en el Estado de Morelos y el Juez Cuarto de Distrito en el Estado de Nuevo León.-27 de agosto de 1997.-Cinco votos.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: Francisco Chávez Hochstrasser. Competencia 55/98.-Suscitada entre el Juez Segundo de Primera Instancia en Materia Civil en Mazatlán, Sinaloa y el Juez Segundo de Primera Instancia de lo Civil de La Paz, Baja California.-18 de marzo de 1998.-Cinco votos.-Ponente: Juventino V. Castro y Castro.-Secretario: José Pablo Pérez Villalba. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo VII, abril de 1998, página 143, Primera Sala, tesis 1a./J. 21/98; véase la ejecutoria en la página 144 de dicho tomo.

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